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Cuentas Laborales

Calculadora de finiquito e indemnización 2026

Calcula lo que te corresponde al terminar tu contrato: la liquidación del finiquito y, si procede, la indemnización por despido o por fin de contrato temporal según el Estatuto de los Trabajadores.

Actualizada el · España

Resultado (bruto)

Total a cobrar

—

Salario del último mes —
Vacaciones no disfrutadas —
Preaviso—
Finiquito—
Indemnización —

    Importes brutos. El finiquito lleva retención de IRPF y cotización; la indemnización legal está exenta de IRPF.

    Qué incluye el finiquito

    Cuando termina una relación laboral, por la causa que sea, la empresa tiene que entregarte una liquidación de las cantidades pendientes. Es lo que se conoce como finiquito y se compone de tres partidas:

    1. Salario de los días trabajados en el último mes y que todavía no has cobrado.
    2. Vacaciones generadas y no disfrutadas. Las vacaciones no se pueden cambiar por dinero mientras trabajas, pero sí al terminar el contrato. Se generan a razón de 30 días naturales por año (o los que fije tu convenio), en proporción al tiempo trabajado en el año.
    3. Parte proporcional de las pagas extra devengadas y no cobradas. Si las tienes prorrateadas en la nómina mensual, esta partida es cero porque ya las has ido cobrando.

    Si te vas sin respetar el preaviso de tu convenio, la empresa puede descontarte el salario de los días que falten. Al revés, en un despido objetivo o al terminar un contrato temporal de más de un año, la empresa debe preavisar con 15 días o pagarlos.

    Fórmulas que utiliza la calculadora

    Cuánto te corresponde de indemnización

    CausaDías por añoTope
    Despido improcedente33 días (45 antes del 12/02/2012)24 mensualidades (720 días)
    Despido objetivo / ERE20 días12 mensualidades
    Fin de contrato temporal12 díasSin tope
    Despido disciplinario procedente0—
    Baja voluntaria0—

    Para contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012 y despedidos de forma improcedente se calculan dos tramos: el tiempo anterior a esa fecha a 45 días por año y el posterior a 33. El total no puede superar 720 días de salario, salvo que el primer tramo ya los supere; en ese caso se cobra solo el primer tramo, con un máximo de 42 mensualidades.

    Ejemplo práctico

    Una trabajadora con 28.000 € brutos anuales en 14 pagas, contratada el 1 de marzo de 2022 y despedida de forma improcedente con efectos del 15 de octubre de 2026, que ha disfrutado 10 días de vacaciones ese año. Su salario diario es 28.000 ÷ 365 = 76,71 €. Con 56 meses de antigüedad le corresponden 56 × 33 ÷ 12 = 154 días de indemnización, unos 11.814 €, más el finiquito: 15 días de octubre, 13,67 días de vacaciones pendientes y la parte devengada de las pagas extra de verano y Navidad. Introduce estos datos en la calculadora para ver el desglose completo.

    Preguntas frecuentes

    ›¿Qué diferencia hay entre finiquito e indemnización?

    El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe al terminar la relación laboral (días trabajados, vacaciones no disfrutadas y parte de las pagas extra) y se cobra siempre, aunque te vayas voluntariamente. La indemnización es una compensación adicional que solo existe en determinados despidos y en el fin de los contratos temporales.

    ›¿Cuántos días de indemnización corresponden por despido improcedente?

    33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo anterior a esa fecha se paga a 45 días por año, con las reglas de tope de la reforma laboral de 2012.

    ›¿Tengo derecho a indemnización si me doy de baja voluntaria?

    No. En una baja voluntaria solo cobras el finiquito. Además, si no respetas el preaviso que marque tu convenio (habitualmente 15 días), la empresa puede descontarte los días que falten.

    ›¿El finiquito tributa en el IRPF?

    Sí. Los conceptos del finiquito (salario, vacaciones y pagas extra) son rendimientos del trabajo y llevan retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social. La indemnización por despido, en cambio, está exenta de IRPF hasta la cuantía obligatoria que fija el Estatuto de los Trabajadores, con un límite de 180.000 €.

    ›¿Puedo firmar el finiquito si no estoy de acuerdo?

    Puedes firmarlo añadiendo «no conforme» junto a tu firma. Así acreditas que has recibido el documento sin renunciar a reclamar. Para impugnar un despido tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos, empezando por la papeleta de conciliación.

    Fuentes oficiales

    Última actualización: . Revisamos los parámetros cada vez que se publica una norma que les afecta.

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