Cómo se calcula el sueldo neto en 2026
El sueldo neto es lo que llega a tu cuenta después de dos descuentos obligatorios: la cotización a la Seguridad Social, que financia tus futuras pensiones, el paro y la incapacidad temporal, y la retención del IRPF, que es un anticipo del impuesto sobre la renta que la empresa ingresa en Hacienda en tu nombre.
Sueldo neto anual = Salario bruto − Cotizaciones a la Seguridad Social − Retención de IRPF
1. Cotización a la Seguridad Social del trabajador
En 2026 el trabajador con contrato indefinido aporta un 6,5 % de su base de cotización:
- Contingencias comunes: 4,7 %
- Desempleo: 1,55 % (o 1,6 % si el contrato es temporal)
- Formación profesional: 0,1 %
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): 0,15 %
La base de cotización es tu salario mensual con la parte proporcional de las pagas extra, con un tope de 5101,20 € al mes. Desde 2025 la parte del sueldo que supera ese tope paga además la cotización de solidaridad, de la que al trabajador le corresponde entre el 0,19 % y el 0,24 % del exceso.
2. Retención de IRPF
El porcentaje de retención no es fijo: se calcula con el algoritmo que publica la Agencia Tributaria cada año. Los pasos son estos:
- Rendimiento neto = bruto anual − cotizaciones a la Seguridad Social.
- Se restan 2000,00 € de gastos deducibles generales (el doble si te has trasladado de municipio por el trabajo).
- Se aplica la reducción por rendimientos del trabajo: 7302,00 € si el rendimiento neto no supera 14.852,00 €, y va bajando hasta desaparecer a partir de 19.747,50 €.
- Con esa base se aplica la escala de retención: 19 % hasta 12.450 €, 24 % hasta 20.200 €, 30 % hasta 35.200 €, 37 % hasta 60.000 €, 45 % hasta 300.000 € y 47 % por encima.
- Al resultado se le resta la misma escala aplicada al mínimo personal y familiar: 5550,00 € por el contribuyente, más 2.400 €, 2.700 €, 4.000 € y 4.500 € por el primer, segundo, tercer y siguientes hijos, y 2.800 € extra por cada hijo menor de 3 años.
- El tipo de retención es la cuota obtenida dividida entre el salario bruto, truncado a dos decimales. En contratos de menos de un año el mínimo es del 2 %.
Además, hay sueldos que no soportan retención: si no superas el límite excluyente (15.876 € al año sin hijos, por ejemplo), el tipo es 0 %. Y para sueldos de hasta 35.200 € la retención nunca puede superar el 43 % de la diferencia entre tu salario y ese límite, lo que evita saltos bruscos.
Ejemplo: 30.000 € brutos con 14 pagas
Una persona soltera, sin hijos, de 35 años y con contrato indefinido:
- Seguridad Social: 30.000 × 6,5 % = 1950,00 €
- Base para la retención: 30.000 − 1950,00 € − 2.000 = 26.050,00 €
- Cuota: escala sobre 26.050,00 € − escala sobre 5.550 € = 4926,00 €
- Tipo de retención: 16,42 %
- Neto anual: 23.124,00 €, es decir, 1628,50 € en cada una de las 12 nóminas ordinarias y 1791,00 € en cada paga extra.
Las pagas extra cobran algo más en neto que una nómina normal porque, al cotizarse prorrateadas, la Seguridad Social ya se descuenta en las doce mensualidades ordinarias.
Qué no tiene en cuenta esta calculadora
Para que sea rápida, la calculadora deja fuera situaciones menos habituales: discapacidad del trabajador o de familiares, ascendientes a cargo, pensiones compensatorias, anualidades por alimentos, el régimen especial de Ceuta, Melilla y La Palma, y retribuciones en especie. Si te afecta alguna, usa el simulador de retenciones de la Agencia Tributaria o consulta con tu asesoría.