Saltar al contenido
Cuentas Laborales

Calculadora de horas extra

Calcula el valor de tu hora ordinaria a partir de tu salario y tu jornada anual, el precio de la hora extra con el recargo de tu convenio y lo que cobrarás en bruto y en neto.

Actualizada el · España

La fija tu convenio. Si no la sabes: .

Resultado

Importe bruto de las horas extra

—

Precio hora ordinaria—
Precio hora extra—
Cotización del trabajador—
Retención de IRPF—

Cómo se calcula el precio de una hora extra

Hora ordinaria = salario bruto anual ÷ horas de jornada anual

Hora extra = hora ordinaria × (1 + recargo del convenio)

La jornada anual figura en tu convenio colectivo. Como referencia, una jornada de 40 horas semanales con 22 días laborables de vacaciones y 14 festivos equivale a unas 1792 horas al año. El Estatuto exige que la hora extra se pague, como mínimo, igual que la ordinaria; el recargo depende del convenio.

Cotización e IRPF de las horas extra

Ejemplo

Con 25.000 € brutos y una jornada de 1.750 horas, la hora ordinaria vale 14,29 €. Con un recargo del 25 %, la hora extra vale 17,86 €, y 10 horas suman 178,57 € brutos, de los que 8,39 € son cotización del trabajador.

Límite de 80 horas al año

El Estatuto de los Trabajadores limita las horas extra a 80 al año. No cuentan para ese límite las que se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes ni las realizadas por fuerza mayor. Si trabajas a tiempo parcial, las horas por encima de tu jornada se pactan como horas complementarias.

Preguntas frecuentes

›¿Cuánto se paga una hora extra?

Lo que diga tu convenio o tu contrato, pero nunca menos que una hora ordinaria. Muchos convenios fijan un recargo del 25 % al 75 %. En lugar de pagarlas, la empresa puede compensarlas con tiempo de descanso equivalente.

›¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?

Un máximo de 80 horas al año, sin contar las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes ni las realizadas para prevenir o reparar daños urgentes (fuerza mayor). Si trabajas a tiempo parcial, en general no puedes hacer horas extra, sino horas complementarias.

›¿Las horas extra cotizan y tributan?

Sí. Tienen una cotización adicional del 4,7 % a cargo del trabajador (2 % si son por fuerza mayor) y llevan la misma retención de IRPF que tu nómina.

›¿Es obligatorio hacer horas extra?

No, salvo que lo hayas pactado en el convenio o en tu contrato, o que se trate de horas por fuerza mayor para prevenir o reparar daños extraordinarios y urgentes.

›¿La empresa tiene que registrar las horas extra?

Sí. Desde 2019 todas las empresas deben llevar un registro diario de la jornada de cada trabajador y conservarlo durante cuatro años. Las horas extra se totalizan en cada periodo de pago y deben constar en la nómina.

Fuentes oficiales

Última actualización: . Revisamos los parámetros cada vez que se publica una norma que les afecta.

Otras calculadoras que te pueden interesar