Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas
Las vacaciones se generan día a día a lo largo del año natural. Si no trabajas el año completo, porque empezaste a mitad de año o porque tu contrato termina antes del 31 de diciembre, te corresponde la parte proporcional.
Días generados = días de vacaciones al año × días trabajados en el año ÷ 365
Días pendientes = días generados − días ya disfrutados
Para valorar cada día se usa el salario bruto anual, con pagas extra, dividido entre 365. Si tu convenio cuenta las vacaciones en días laborables (normalmente 22), cada día laborable vale lo mismo que 30/22 días naturales, porque esos 22 días cubren el mismo mes de descanso.
Ejemplo
Una trabajadora con 25.000 € brutos al año, 30 días naturales de vacaciones y 5 días disfrutados, termina su contrato el 30 de junio de 2026. Desde el 1 de enero ha trabajado 181 días, así que ha generado 30 × 181 ÷ 365 = 14,88 días. Le quedan 9,88 días pendientes, que a 68,49 € por día suman 676,49 € brutos en el finiquito.
Lo que dice la ley sobre las vacaciones
- El periodo de vacaciones se fija de común acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, según lo que establezca el convenio.
- Debes conocer las fechas que te corresponden al menos dos meses antes del comienzo del disfrute.
- Si una incapacidad temporal coincide con tus vacaciones, tienes derecho a disfrutarlas en otro momento, aunque haya terminado el año, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en que se originaron.
- Las vacaciones solo se pagan en dinero cuando se extingue el contrato.
Si estás calculando lo que te corresponde al terminar tu contrato, la calculadora de finiquito suma las vacaciones, los días trabajados del último mes y las pagas extra.